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¿Qué es un criterio y quién lo emite?

Es el análisis que sobre un tema determinado ha realizado el Pleno, en materia de derecho de acceso a la información o de protección de datos personales, el cual deben aplicar los sujetos obligados del ámbito federal, mientras que para los organismos garantes de las entidades federativas sólo resulta orientador.


¿Cómo se realiza un criterio?

Cuando se identifica un tema que amerite la formulación de un criterio, se revisan las resoluciones emitidas por este Instituto para elaborar un proyecto que apruebe el Pleno. Una vez aprobado, el criterio se debe comunicar tanto a los sujetos obligados del ámbito federal como a los organismos garantes de las entidades federativas.


¿Qué es un criterio vigente y qué es uno histórico?

Los criterios vigentes son los emitidos a partir del 2017, elaborados con base en la Ley General de Transparencia y Acceso a la Información Pública y la Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública. Estos criterios son obligatorios para los sujetos obligados del ámbito federal y orientadores para los organismos garantes estatales.

Los criterios históricos fueron formulados entre los años 2009 al 2014, con fundamento en la abrogada Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental. Estos criterios sólo pueden utilizarse como referente para el tema que traten.


¿Cuándo se interrumpe un criterio?​​

Cuando el Pleno emite una resolución distinta a lo que establecía el criterio. Los criterios interrumpidos ya no deben utilizarse, pues el razonamiento cambió. En este portal se identifican con el título resaltado en rojo​.​​​