Asegura Profepa 2.6 m3 de madera en Michoacán

 

México D.F., a 3 de diciembre de 2013

+Retiene dos vehículos tipo pick up donde se transportaba irregularmente la materia forestal

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) aseguró 2.639 m3 de madera en escuadría y rollo del género pinus en el municipio de Morelia, Michoacán, de la cual no se acreditó la legal procedencia ni contaban con el permiso debido para su transporte.

 

En recorrido de inspección, personal de la PROFEPA en el estado sorprendió a un transportista que manejaba un vehículo tipo pick up, en el cual llevaba 100 tablas de madera en escuadría (equivalentes a 0.906 m3), mismas que no comprobó a través de documentación forestal (remisión y/o reembarque).

 

Asimismo, los inspectores federales de la PROFEPA aseguraron 1.733 m3 de madera en rollo de pino en el municipio antes mencionado, la cual tampoco fue acreditada legalmente por sus transportistas.

 

Los funcionarios federales de esta Procuraduría procedieron a retener la materia forestal y el vehículo en el cual era transportada, por tratarse de una infracción a la legislación ambiental vigente.

 

Los vehículos y la madera asegurada, fueron depositados en las instalaciones del corralón de transito y seguridad pública en Morelia, así como en la empresa“Grúas Medida” de Zinapécuaro, Michoacán, respectivamente.

Personal de la Delegación Federal de la PROFEPA en la entidad iniciaron el procedimiento administrativo respectivo, mediante un acta de inspección.

 

Cabe destacar que el no contar con la autorización emitida por la SEMARNAT, para transporte de materias primas forestales, trasgrede las normas ambientales, ya que éste tipo de acciones puede ser producto de aprovechamientos ilícitos.

 

El Código Penal Federal, en su artículo 419, señala que “quien ilícitamente transporte, comercie, acopie, almacene o transforme madera en rollo, astillas, carbón vegetal, así como cualquier otro recurso forestal maderable, se impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de trescientos a tres mil días de multa.

 

La misma pena se aplicará aun cuando la cantidad sea inferior a cuatro metros cúbicos, si se trata de conductas reiteradas que alcancen en su conjunto esta cantidad.

 

La pena privativa de la libertad a la que se hace referencia en el párrafo anterior se incrementará hasta en tres años más de prisión y la pena económica hasta en mil días multa, cuando los recursos forestales maderables provengan de un área natural protegida.

 

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Autor:
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

Última modificación :
Tuesday 3 de December de 2013.