EMITE PROFEPA PERITAJE DE 8.96 METROS CÚBICOS DE MATERIAS PRIMAS FORESTALES EN COLIMA

BP/491–14

Colima, Col., a 22 de octubre de 2014

+ Madera asegurada por la Policía Municipal de Manzanillo

 +Entre el producto se encontraban 12 piezas de madera en rollo de granadillo o zangualica (Dalbergia), listada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría  en Peligro de extinción

 

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA), Delegación Colima, emitió peritaje para la identificación de 8.96 metros cúbicos de madera de las especies tepemezquite, parotilla, bálsamo, barcino y granadillo, que fueron asegurados por la Policía Municipal en Manzanillo.

 

Inspectores de la PROFEPA atendieron el llamado de la  Procuraduría General de la República (PGR), dependencia que solicitó su intervención, una vez que el producto forestal maderable asegurado se canalizó al Ministerio Público Federal (MPF).

 

Los inspectores designados para el peritaje midieron y cubicaron las materias primas forestales transportadas en apilamientos de madera en rollo, arrojando un volumen 8.74 metros cúbicos, mismas que provenían del estado de Jalisco y por tanto, la tala ilegal se efectuó en esa entidad federativa.

 

La Delegación Federal de la PROFEPA en Colima informó que entre los rollos de madera se encontraron 12 piezas de madera de granadillo o zangualica (Dalbergia) con un volumen de 0.22 metros cúbicos, especie listada en la NOM-059-SEMARNAT-2010 en la categoría en Peligro de extinción (P).

 

Cabe destacar también que tanto la Dalbergia granadillo como la Dalbergia congestiflora se encuentran en los apéndices de la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES), por lo que su aprovechamiento y comercio internacional debe cumplir con las leyes ambientales mexicanas.

 

Cabe destacar que la madera en rollo, con un valor económico superior a los 20 mil pesos, era transportada en un camión tipo torton, sin que el inspeccionado acreditara en su totalidad su legal procedencia, ya que la remisión forestal presentada únicamente amparaba 4.710 metros cúbicos.

 

De acuerdo con el Código Penal Federal, en su artículo 419, a quien en forma ilícita transporte, comercie, acopie, almacene o transforme más de 4 metros cúbicos de madera en rollo, astillas o carbón vegetal de procedencia forestal, se le impondrá pena de uno a nueve años de prisión y de 300 a tres mil días multa.

 

La PROFEPA continuará con la coordinación institucional que mantiene con la PGR y otras dependencias de los tres niveles de gobierno, en lo que concierne a la protección y preservación del medio ambiente y los recursos naturales.

 

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Autor:
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

Última modificación :
Wednesday 22 de October de 2014.