DOLPHIN DISCOVERY CARECE DE AUTORIZACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL PARA OPERAR DELFINARIO

 

    BP/109-15

México, Distrito Federal,  a  26  de febrero de  2015

 

+ PROFEPA verificará que no se realicen actividades en el delfinario; en caso contrario, interpondría denuncia penal ante la PGR

+ Suspensión de actividades se mantendrá hasta que acredite la autorización en la materia expedida por SEMARNAT

+ Obras y actividades que se desarrollan en las ANP’s, se deben realizar en estricto apego a las obligaciones establecidas en la normatividad ambiental

+ La autorización que presume la empresa no contempla la actividad de nado con delfines, o cualquier otra actividad

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) mantendrá la suspensión de las actividades de nado con delfines en el Hotel Moon Palace, en Cancún, Quintana Roo, cuya operación depende de la empresa Dolphin Discovery, hasta que se acredite la Autorización en Materia de Impacto Ambiental expedida por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) para dicha actividad.

 

Lo anterior con base en la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección Ambiente, la cual establece en su artículo 28 fracción XI que cualquier obra y actividad que se realice en un Área Natural Protegida (ANP), debe contar con autorización en materia de impacto ambiental emitida por la autoridad federal.

 

Es de recordar que el sitio en donde se realizan las actividades de nado con delfines se lleva  a cabo en el área marina que forma parte del  ANP denominada Parque Nacional Arrecifes de Puerto Morelos.

 

Si bien es cierto que la empresa cuenta con la autorización para el proyecto de ampliación del Hotel Moon Palace, en la que se aprobó la construcción para la rehabilitación del muelle donde se encuentran los encierros de los delfines, no contempla la actividad de nado con éstos o cualquier otra.

 

Por lo anterior, cualquier actividad realizada en un ANP requiere de autorización de impacto ambiental.

 

La PROFEPA verificará que no se realicen actividades dentro del delfinario y mantendrá vigilancia constante en el sitio; en caso de que se incumpla con la suspensión de labores  podría sancionar dicha conducta con una multa de hasta 50 mil días de salario mínimo,  la clausura total definitiva e incluso se  presentaría una denuncia penal ante la Procuraduría General de la República (PGR), en contra de quien resulte responsable.

 

Cabe mencionar que aunque la empresa cuente con el Registro de Predios o Instalaciones que Manejan Vida Silvestre de Forma Confinada Fuera de su Hábitat Natural (PIMVS) otorgado por la Dirección General de Vida Silvestre de la SEMARNAT, esto no la exime de obtener las autorizaciones federales exigidas por la Ley para operar el delfinario.

Con estas acciones la PROFEPA verifica que los delfinarios, así como las obras y actividades que se desarrollan en las Áreas Naturales Protegidas, se realicen en estricto apego a las obligaciones establecidas en la normatividad ambiental, procurando además, la protección de la fauna y flora marina.

 

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Autor:
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

Última modificación :
Thursday 26 de February de 2015.