OBRA DE AMPLIACIÓN DE LIBRAMIENTO EN CUERNAVACA, EXENTA DE MANIFESTACION DE IMPACTO AMBIENTAL: PROFEPA
BP/535–15
Cuernavaca, Morelos, a 27 de julio de 2015
+ Atiende Procuraduría denuncia ciudadana que solicitó explicación sobre el derribo de árboles que ha provocado dicha construcción
+ Obra registrada en el Programa de Desarrollo Urbano de la capital morelense, no afecta terrenos forestales
+ Tema de competencia local ya que se desarrolla en zona urbana y además la SCT, responsable del proyecto, tiene el derecho de vía
La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) informa que el proyecto denominado “Ampliación del libramiento Cuernavaca tramo del kilómetro 79+620 al kilómetro 94+260”, está exenta de Manifestación de Impacto Ambiental por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT).
En respuesta a una denuncia ciudadana que daba cuenta de la tala inmoderada de árboles como resultado de dicha obra, se precisa que derivado de una visita de verificación se pudo comprobar además que la construcción de ese camino está registrada en el Programa de Desarrollo Urbano de la capital morelense.
La zona donde se desarrolla la obra es urbana y corresponde al derecho de vía de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT), dado que no se trata de terrenos forestales, ni se ubica dentro de alguna Área Natural Protegida (ANP) de carácter federal, características que impiden considerar dicho proyecto dentro del ámbito de competencia de la PROFEPA.
Dicha situación quedó confirmada en el oficio de fecha 31 de octubre de 2014, emitido por la Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental de la SEMARNAT, en el que determinó que las obras y actividades del proyecto quedan exentas de la presentación de la manifestación de impacto ambiental.
Este mismo documento, que fue presentado por la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) durante la visita de verificación, establece que el sitio del proyecto se encuentra regulado por el Programa de Desarrollo Urbano del centro de población del municipio de Cuernavaca, Morelos.
Al respecto la información en comento indica que desde el 13 de marzo del 2015 la Secretaría de Desarrollo Sustentable del Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, emitió Constancia de no afectación arbórea condicionada a favor del proyecto de ampliación carretero.
De igual forma, se aprecia que el área en construcción está dentro del derecho de vía de la carretera México-Acapulco, y también, en la zona urbana del municipio de Cuernavaca, Morelos, correspondiendo el derecho de vía de la Secretaría de Comunicaciones y Transportes.
Ante ello y dado que el proyecto no se encuentra en terrenos forestales, ni se ubica dentro de alguna Área Natural Protegida de carácter federal, no se puede considerar la obra dentro del ámbito de competencia de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente.
Razón por la cual esta dependencia federal notificó al promotor de la citada denuncia el Acuerdo de incompetencia correspondiente, y se giró oficio al Ayuntamiento de Cuernavaca, Morelos, para que de conformidad a sus atribuciones, dé seguimiento al caso que nos ocupa.
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