PROFEPA CLAUSURA OBRAS PARA ACTIVIDADES ACUICOLAS POR AFECTACIÓN A UN SISTEMA LAGUNAR EN ESCUINAPA, SINALOA

 

 

BP/657-16

 

Ciudad de México, a 25 de junio de 2016

 


 

+ En atención a una denuncia ciudadana, se constató la construcción de dos estanques acuícolas que suman una superficie total de 28 hectáreas.

 

+ Las obras que afectan el ecosistema costero dentro de zona de marismas y sitio RAMSAR, fueron  clausuradas por carecer de autorización en materia de Impacto Ambiental expedida por la SEMARNAT, que resolvió con anterioridad la negativa del proyecto.

 

 

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) clausuró las obras para actividades acuícolas del proyecto denominado “Construcción y Operación de Estanquería en un Terreno Rústico de Zona Federal en la Marisma “Laguna Grande”, por afectación al ecosistema costero dentro un sistema lagunar considerado sitio RAMSAR, en el municipio de Escuinapa, Sinaloa.

 

En atención a una denuncia presentada, se realizó una visita de inspección al predio que ocupa el proyecto, donde se constató la afectación mediante la construcción de bordería en una superficie total de 28-00-00 hectáreas.

 

Dichas obras tenían como objetivo la construcción de dos estanques para actividades acuícolas de cultivo de camarón, lo cual fue georreferenciado y clasificado en el sistemas de información geográfica para la evaluación del impacto ambiental (SIGEIA) de la SEMARNAT, ubicando dentro del polígono, dos isletas naturales de aproximadamente 800.00 metros cuadrados cada una.

 

Asimismo, el área cuenta con vegetación natural como mangle negro o cenizo y botoncillo, así como vegetación de selva baja caducifolia dentro de las que destacan las espinosas, y que sería afectada por el proyecto.

 

Toda vez que no se acreditó contar con la autorización de impacto ambiental expedida por la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), se aplicó la clausura total temporal de las obras y actividades que impliquen daños al ecosistema costero, localizado dentro de un sistema lagunar formado por un complejo de lagunas costeras de aguas salobres, manglares, lodazales o pantanos y cañadas, incorporadas a las regiones conocidas como las Cabras-Teacapan y desde 1995 considerada como sitio RAMSAR.

 

Cabe señalar que la SEMARNAT ya había evaluado este proyecto, y mediante oficio No. SG/145/2.1.1/0872/15, de fecha 8 de septiembre de 2015, procedió a negar la autorización de las obras y actividades pretendidas, en virtud de que se localiza dentro del Humedal de Importancia Internacional Sitio Ramsar No. 732 “Marismas Nacionales”.

 

La importancia de los manglares radica en que proporcionan una gran variedad de servicios ambientales al ser zonas de alimentación, refugio y crecimiento de juveniles crustáceos y alevines, por lo que sostienen gran parte de la producción pesquera;  actúan como sistemas naturales de control de inundaciones y como barreras contra huracanes; controlan la erosión y protegen las costas, entre otros.

 

Este lugar tiene una gran importancia ambiental donde existen zonas de manglar, humedales, sitio RAMSAR, (área de importancia para la conservación de las aves), regiones marinas prioritarias, regiones hidrológicas prioritarias (rio baluarte) y regiones terrestres prioritarias (uso de suelo y vegetación).

 

Por su parte, el artículo 420 Bis del código penal federal, señala que se impondrá pena de dos a diez años de prisión y por el equivalente de trescientos a tres mil días multa, a quien ilícitamente Dañe, deseque o rellene humedales, manglares, lagunas, esteros o pantanos.

 

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Autor:
Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

Última modificación :
Monday 25 de July de 2016.