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Refuerza Profepa operativo de vigilancia en avistamiento de ballenas

 

México D.F., a 1 de enero de 2014

+Se lleva a cabo en los estados de Baja California, Baja California Sur, Nayarit, Jalisco y Sinaloa

+El DOF anunció la temporada de avistamiento 2013-2014, del 8 de diciembre al 30 de mayo

+Es una especie listada en la NOM- 059-SEMARNAT- 2010

 

La Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) reforzó el Operativo de Vigilancia para la Protección de ballenas, con motivo de la temporada de avistamiento de cetáceos en mares mexicanos, que de acuerdo con el Diario Oficial de la Federación, es del 08 de diciembre de 2013 al 30 de mayo de 2014.

Dicho programa de acción se lleva a cabo en los estados de Baja California, Baja California Sur, Nayarit, Jalisco y Sinaloa y se enfoca en realizar inspecciones a prestadores de servicios turísticos y recorridos de vigilancia, con la finalidad de garantizar que se cumpla con la legislación ambiental.

En esta actividad destaca la observación de la ballena gris, la ballena jorobada, la rorcual jorobada, la ballena azul, la ballena de bryde, la ballena franca del Pacífico Norte y el cachalote.

Es importante mencionar que este Operativo se basa en la NOM-131-SEMARNAT-2010, que establece los lineamientos y especificaciones para el desarrollo de actividades de observación de ballenas, relativas a su protección y conservación de su hábitat.

La PROFEPA vigila el cumplimiento de esta Norma mediante la verificación de términos y condicionantes de las autorizaciones emitidas por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT) a los prestadores de servicios turísticos.

Por ejemplo, deberán portar la Autorización original y la Banderola otorgada por la SEMARNAT durante las actividades de observación de la ballena.

Además, se lleva a cabo la vigilancia permanente en las Lagunas San Ignacio y Ojo de Liebre, así como en los Puertos Adolfo López Mateos y San Carlos (en el complejo lagunar Bahía Magdalena) en el estado de Baja California Sur, durante la permanencia temporal de las ballenas en aguas mexicanas.

También en Bahía de Todos Santos, en Baja California; Rincón de Guayabitos, Nayarit; en Bahía de Banderas, Jalisco; y en Zona de Mazatlán-Teacapan, Sinaloa.

Algunas de las acciones que se verifican durante el avistamiento son las siguientes:

•Todas las embarcaciones autorizadas por la Secretaría portarán un distintivo para su identificación,

y deberá ser colocado durante la prestación del servicio en un lugar visible.

•Para la actividad de observación de ballena, no se permite la utilización de equipos de sonar ni ecosonda para su localización.

•Al inicio de cada viaje, el prestador de servicios debe informar a los usuarios sobre el comportamiento que deberán tener durante las actividades de observación de ballenas; esta información deberá estar apoyada mediante la colocación de carteles o letreros alusivos en sitios visibles para los usuarios.

•En presencia de ballenas, la velocidad máxima permitida de navegación dentro de las áreas de observación debe ser menor a 5 nudos o 9 Km/h disminuyendo esta velocidad a 2 nudos o 4 Km/h al entrar a la zona de observación; en todo momento la embarcación se deberá desplazar a menor velocidad que la ballena más lenta del grupo. En todos los casos se debe evitar acelerar y desacelerar de manera brusca.

•Sólo pueden permanecer un número máximo de 4 (cuatro) embarcaciones en torno a una misma ballena o a un grupo de ballenas. Cualquier otra embarcación autorizada que desee observar a la ballena o al grupo de ballenas, debe esperar.

Cabe destacar que todas las especies de ballena con presencia en mares mexicanos se reconocen como especies protegidas, de ahí que se encuentran listadas en la NOM-059-SEMARNAT-2010, por lo que su aprovechamiento, mediante la observación, requiere de autorización y supervisión por parte de la autoridad.

 

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