Para hacer del conocimiento de esta Procuraduría, actos, hechos u omisiones que pueden afectar el medio ambiente o el equilibrio ecológico, y en cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 190 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente (LGEEPA), la Denuncia Popular debe presentarse por escrito y contener:
• El nombre o razón social, domicilio, teléfono si lo tiene, del denunciante y, en su caso, de su representante legal;
• Los actos, hechos u omisiones denunciados;
• Los datos que permitan identificar al presunto infractor o localizar la fuente contaminante, y
• Las pruebas que en su caso ofrezca el denunciante.
Asimismo, se podrá solicitar la secresia (anonimato) respecto de la identidad, por razones de seguridad e interés particular.
A efecto de dar trámite a los hechos dados a conocer a esta Procuraduría, se hace la atenta invitación para que se presente formalmente la denuncia por escrito, acudiendo al Módulo de Atención a la Denuncia Popular, ubicado en Ajusco No. 200, Colonia Jardines en la Montaña, Código Postal 14210, Delegación Tlalpan, México, D. F., con números telefónicos: 26-15-20-72 y 54-49-63-00, extensión 14450, o de cualquier lugar de la República al 01-800-77-033-72, también puede ingresar a la página de la Institución: www.profepa.gob.mx, o bien, el link de denuncias: http://www.profepa.gob.mx/innovaportal/v/1156/1/mx/haz_tu_denuncia.html, en donde se encuentra el formato para la presentación de denuncias ambientales y podrá turnar la denuncia a la Representación de esta Procuraduría de su entidad.
La Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (SEMARNAT), a través de la Dirección General de Vida Silvestre (DGVS) establecerá y operará, de conformidad con lo establecido en el reglamento, centros para la conservación e investigación de la vida silvestre (CIVS), en los que se llevarán a cabo actividades de:
I.Recepción, rehabilitación, protección, recuperación, reintroducción, canalización, y cualesquiera otras que contribuyan a la conservación de ejemplares productos de rescate, entregas voluntarias o aseguramientos por parte de la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (PROFEPA) o la Procuraduría General de la República (PGR);
II.Difusión, capacitación, monitoreo, evaluación, muestreo, manejo, seguimiento permanente, y cualesquiera otras que contribuyan al desarrollo del conocimiento de la vida silvestre y su hábitat, así como a la integración de éstos a los procesos de desarrollo sostenible. La Secretaría podrá celebrar convenios y acuerdos de coordinación y concertación para estos efectos.
Los datos de la DGVS son:
Domicilio: Av. Revolución 1425, Col. Tlacopac San Ángel, Delegación Álvaro Obregón, C.P.01040. México, D.F.
Teléfonos: 01 (55) 5624 3309/3310/3306
La dependencia de la Adminsitración Pública Federal, encargada de atender lo relativo al tema forestal, es la Comisión Nacional Forestal (CONAFOR), por lo que deberá remitirse a dicha dependencia para ver si tienen árboles en existencia para proyectos de reforestación.
La dirección electrónica es www.conafor.gob.mx
Los municipios o las autoridades de ecología, pueden ser intancias a las cuales acudir para solicitar apoyos para programas de reforestación.