Preguntas frecuentes auditores ambientales

¿Las unidades de verificación y los auditores ambientales son lo mismo?

Efectivamente son lo mismo y tienen como función principal llevar a cabo una auditoría ambiental. Existen auditores coordinadores, que son aquellos que tienen como función, planear y dirigir una auditoría, además existen auditores especialistas que tienen como tarea evaluar alguna de las materias específicas que revisa la auditoría. 

 

¿Quién acredita a los auditores ambientales?

La entidad mexicana de acreditación, A.C. (ema) que es un organismo autónomo e independiente de la Profepa, es la instancia responsable de  acreditar a los auditores ambientales.

La Procuraduría y la ema publicaron el 25 de Febrero de 2011 en el diario oficial de la federación, la "convocatoria para obtener la acreditación y aprobación como auditor ambiental", la cual contiene los requisitos que deben cumplir los interesados en ser auditores ambientales.

 

¿Quién aprueba a los auditores ambientales?

La Profepa, ante quien se presenta la solicitud de aprobación de auditor ambiental.

La aprobación tiene una vigencia de 4 años y puede renovarse siempre y cuando cumplan con los requisitos para ello.

 

¿Dónde puedo obtener información detallada del proceso de acreditación?

Consultando el portal de la ema www.ema.org.mx o solicitando los requisitos al correo aprobacion_auditores@profepa.gob.mx

 

¿Cómo puedo acreditarme?

Cumpliendo con los requisitos establecidos en la "convocatoria para la acreditación y aprobación como auditor ambiental", los establecido por la ema y por la Profepa.

 

¿Que obligaciones tienen los auditores ambientales?

1. Cumplir con lo establecido en el reglamento de la LGEEPA en materia de autorregulación y auditorías ambientales y los términos de referencia

2. Cumplir con los requisitos y condiciones establecidos en la "convocatoria para la acreditación y aprobación como auditor ambiental"

3. Permitir la verificación de sus actividades por parte de la Profepa.

4. Aprobar la evaluación del desempeño a que hace referencia el artículo 37 del reglamento de la LGEEPA en materia de autorregulación y auditorías ambientales.

 

¿Qué espera Profepa de los auditores ambientales?

Competencia, conocimientos, juicio profesional, ética, honestidad, responsabilidad, eficiencia y confiabilidad en el desempeño de sus funciones.

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 Para contactarnos sobre dudas o comentarios:
auditoria_ambiental@profepa.gob.mx

 

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