Imprimir c  Enviar por correo | Más opciones  
Fuente Normal Fuente Mediana Fuente Grande

Glosario Zofemat

B
J
K
Ñ
Q
V
W
X
Y

Término Descripción
Bajamar Valle de la curva senoidal de la marea, o parte baja de la marea.
Baldío Dícese de terreno o tierra yermo (terreno inhabilitado).
Banco Sitio en la costa o en el mar en donde se puede obtener material para relleno o para construcción.
Bien común Beneficio que, desprendiéndose de la convivencia social, debe ser compartido, proporcionalmente, por todos los miembros de una comunidad, sin exclusión alguna, y al que todos deben contribuir con sus medios y con su conducta.
Bienes de uso común Son bienes del dominio público susceptibles de ser aprovechados por todos lo habitantes del lugar, con las restricciones establecidas por la ley y para cuyo aprovechamiento especial se necesita concesión (otorgada por la SEMARNAT), entre otros, son las playas, la zona federal marítimo terrestre y los terrenos ganados al mar.
Bienes del dominio público Son los de uso común, los señalados en los artículos 27, párrafo cuarto, quinto, octavo y 42, fracción IV, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; los inmuebles destinados por la Federación a un servicio público, los propios que de hecho utilice para dicho fin y los equiparados a éstos; los terrenos baldíos, los terrenos naturalmente o artificialmente al mar, ríos, corrientes, lagos, lagunas o esteros de propiedad nacional, las servidumbres de paso, los cuales son inalienables e imprescriptibles y no estarán sujetos, mientras no varíe su situación jurídica a acción reivindicatoria o de posesión definitiva o provisional.