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Término | Descripción |
Zona de observación | El área autorizada para que las embarcaciones realicen la actividad de conformidad con la presente Norma. |
Zonas restringidas | Porciones de las aguas de jurisdicción federal delimitadas por la Secretaría, dentro de las áreas de observación, donde sólo se podrán desarrollar actividades con fines científicos. |