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Término Descripción
Área Natural Protegida Constituyen porciones terrestres o acuáticas del territorio nacional, representativas de los diferentes ecosistemas y de su biodiversidad, en donde el ambiente original no ha sido todo alterado por el hombre o que se requieren ser preservadas y restauradas y que están sujetas a regímenes especiales de protección, conservación, restauración y desarrollo.
Áreas de observación de ballenas Regiones de las aguas de jurisdicción nacional determinadas por la concurrencia y distribución de las ballenas, con potencial para realizar la actividad de observación.
Áreas Naturales Protegidas Las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas y están sujetas al régimen previsto en la presente Ley.
Áreas naturales protegidas Las zonas del territorio nacional y aquéllas sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción, en donde los ambientes originales no han sido significativamente alterados por la actividad del ser humano o que requieren ser preservadas y restauradas y están sujetas al régimen previsto en la presente Ley.
Arrecife Formación de roca o coral, que se encuentra en el mar, y en algunos lugares pegado a la línea de costa, generalmente en forma paralela, misma que puede o no emerger.
Aseguramiento Se refiere a la retención precautoria de los ejemplares, partes y derivados de especies de vida silvestre, que sirven como prueba dentro de un procedimiento administrativo, mientras se demuestra la comisión de una presunta irregularidad observada en el acto de inspección (Ejemplo: demostrar la legal procedencia de acuerdo al Articulo 51 de la LGVS). En este caso la propiedad no pasa al Estado, por lo cual es incorrecto asimilar el aseguramiento al decomiso. El Artículo 119 de la LGVS, señala los supuestos para proceder al aseguramiento precautorio. Es un término no definido en los instrumentos jurídicos relacionados con la vida silvestre.
Auditor Ambiental Unidad de Verificación en materia de Auditoría Ambiental
Auditor Coordinador Persona que tiene como función planear y dirigir una Auditoría Ambiental
Auditor Especialista Persona que tiene como función evaluar al menos una de las materias específicas establecidas en el artículo 8 del presente Reglamento, pudiendo ser un perito en la materia
Auditoría Ambiental Examen metodológico de los procesos de una empresa respecto de la contaminación y el riesgo ambiental, el cumplimiento de la normatividad aplicable, de los parámetros internacionales y de buenas prácticas de operación e ingeniería, inclusive de procesos de Autorregulación para determinar su Desempeño Ambiental con base en los requerimientos establecidos en los Términos de Referencia, y en su caso, las medidas preventivas y correctivas necesarias para proteger al ambiente
Autorización Documento administrativo otorgado por la Dirección General de Zona Federal Marítimo Terrestre y Ambientes Costeros de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales generalmente con dos propósitos ya sea el de modificar alguna de las bases y condiciones de la concesión o con el objeto de autorizar que se ganen terrenos al mar, puede otorgarse a personas físicas y morales.
Autorregulación Proceso voluntario mediante el cual, respetando la legislación y normatividad vigente que le aplique, la Empresa se establece un conjunto de actividades y se adoptan normas complementarias o más estrictas, a través de las cuales se mejora el Desempeño Ambiental y se obtienen mayores logros en materia de protección ambiental, cuya evaluación podrá efectuarse a través de la Auditoría Ambiental
Aviso de inscripción como empresa generadora (poseedora) de residuos peligrosos Trámite INE-04-004-B.- Manifiesto para el generador de bifenilos policlorados (BPC’s) incluido en el Acuerdo Secretarial por el que se dan a conocer los trámites inscritos en el Registro Federal de Trámites Empresariales que aplica la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales y sus órganos administrativos desconcentrados y se establecen diversas medidas de mejora regulatoria, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 21 de febrero de 2000.

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