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Término | Descripción |
hábitat | Es el ambiente natural de un organismo, el lugar donde se encuentra o hábitat de modo natural II La suma de las condiciones y factores ambientales de un lugar específico que es ocupado por un organismo, o comunidad de organismos II El medio y condiciones de un lugar especifico en que vive y se desarrolla un organismo, colonia o comunidad de organismo. |
Hábitat | El sitio específico en un medio ambiente físico, ocupado por un organismo, por una población, por una especie o por comunidades de especies en un tiempo determinado. |
Hábitat de anidación | Es el sitio específico ocupado por las tortugas marinas para depositar sus huevos, que incluye la salida y el regreso de las hembras al mar, la construcción de los nidos, pudiéndose llevar a cabo el desarrollo embrionario, la emergencia de crías y su entrada al mar. |
Herbicida | Sustancia utilizada para eliminar malezas en campos de producción agrícola. |
Hidrocarburos | Compuestos químicos, constituidos principalmente por átomos de carbono e hidrógeno. |
Hidrocarburos de fracción ligera | Mezcla de hidrocarburos cuyas moléculas contengan cadenas lineales entre cinco y diez átomos de carbono (C5 a C10). |
Hidrocarburos de fracción media | Mezcla de hidrocarburos cuyas moléculas contengan cadenas lineales entre diez y veintiocho átomos de carbono (C10 a C28). |
Hidrocarburos de fracción pesada | Mezcla de hidrocarburos cuyo peso molecular sea mayor a C18. |
Huevos no eclosionados | Cuando el embrión no se liberó del huevo. |
Humedales | Zonas de transición entre los sistemas acuáticos y terrestres que constituyen áreas de inundación temporal o permanente, sujetas o no a la influencia de mareas como pantanos, ciénegas y marismas, cuyos límites los constituyen el tipo de vegetación hidrófila de presencia permanente o estacional; las áreas en donde el suelo es predominante hídrico; y las áreas lacustres o de subsuelos permanentemente húmedos, originados por la descarga natural de acuíferos. // Superficies cubiertas de agua, sean éstas de régimen natural o artificial permanentes o temporales, con agua estancada o corriente, dulce salobre o salada incluidas las extensiones de agua marina cuya profundidad en matea baja no exceda los seis metros. |